Dirección
de ejecución de obra

¿Qué es un director de ejecución de la obra de edificación?

El director de la ejecución de la obra es el agente que, formando parte de la dirección facultativa, asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad del edificado .

Foto de tècnics observant un plànol, en mitg d'una obra

¿Cuáles son las obligaciones del director de la ejecución de la obra en las obras de edificación?

En el caso de las obras de edificación sus obligaciones están reguladas en el artículo 13 de la Ley de Ordenación de la Edificación, que establecen lo siguiente:

a) Estar en posesión de la titulación académica y profesional habilitante y cumplir las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión.


Cuando las obras a realizar tengan por objeto la construcción de edificios para los usos indicados en el grupo a) del apartado 1 del artículo 2 de la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), la titulación académica y profesional habilitante será la de arquitecto técnico.

Será ésta, asimismo, la titulación habilitante para las obras del grupo b) que fueran dirigidas por arquitectos.

En los demás casos la dirección de la ejecución de la obra podrá ser ejercida, indistintamente, por profesionales con la titulación de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico.


b) Verificar la recepción en la obra de los productos de construcción, ordenando la realización de ensayos y pruebas precisas.


c) Dirigir la ejecución material de la obra comprobando los replanteos, materiales, correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones, de acuerdo con el proyecto y con las instrucciones del director de obra.


d) Consignar en el Libro de Órdenes y Asistencias las instrucciones necesarias.


e) Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como elaborar y suscribir las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas.


f) Colaborar con los restantes agentes en la elaboración de la documentación de la obra ejecutada, aportando los resultados del control realizado.

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